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VIE, 16 OCT 2026
Economía

Personal doméstico: con la suba de octubre, el sueldo básico absorbe parte de la suma no remunerativa

La Comisión de Casas Particulares oficializó un esquema de incrementos mensuales hasta diciembre. La actualización del 1,7% rige desde el 1° de octubre y se complementa con el ingreso al básico del 50% de un adicional que se abonaba por separado.

CW
Carla WainsteinEconomía · · lectura 3 min
Personal doméstico: con la suba de octubre, el sueldo básico absorbe parte de la suma no remunerativa

El personal de casas particulares comenzó a percibir desde el 1° de octubre los nuevos salarios mínimos fijados por la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares a través de la Resolución 6/2026. La normativa dispone una serie de incrementos escalonados que se aplican mes a mes entre agosto y diciembre, con el objetivo de recomponer de forma gradual la remuneración del sector en el tramo final del año.

De acuerdo con el cronograma oficial, los aumentos fueron del 1,9% en agosto, 1,8% en septiembre, 1,7% en octubre y 1,6% en noviembre y diciembre, mes a mes. Las subas rigen tanto para el personal que cobra por hora como para quienes perciben una remuneración mensual, en todas las categorías contempladas por el régimen.

El cambio en la composición del salario

Vamos a los números. Además del porcentaje de incremento, la resolución introdujo una modificación estructural: a partir de octubre, el 50% de la suma no remunerativa que se venía abonando en agosto pasó a integrarse al salario básico. Ese adicional oscila entre 8.000 y 20.000 pesos, según la cantidad de horas semanales trabajadas, por lo que su absorción impacta de manera diferenciada en la liquidación de cada trabajadora.

  • Hora con retiro: valor superior, correspondiente a trabajadoras que finalizan su jornada y regresan a su domicilio.
  • Hora sin retiro: valor inferior, aplicable a quienes permanecen en el hogar empleador durante la jornada.
  • Mínimo mensual con retiro: remuneración íntegra para categorías con jornada completa y derecho a retiro.
  • Mínimo mensual sin retiro: remuneración íntegra para categorías con jornada completa y permanencia en el empleador.
  • Horas extra en días comunes: recargo del 50% sobre el valor horario normal.
  • Horas extra en sábados después de las 13, domingos o feriados: recargo del 100% sobre el valor horario normal.

Adicionales por zona y antigüedad

La normativa prevé dos adicionales que se mantienen vigentes. El primero es un plus del 31% sobre la remuneración para las relaciones laborales cuyo domicilio de trabajo se ubique en La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, o en el Partido de Patagones, en la provincia de Buenos Aires. El segundo corresponde a la antigüedad: equivale al 1% del salario por cada año de servicio cumplido con el mismo empleador, y se calcula exclusivamente sobre los años de esa relación laboral en particular.

En los hechos, el cambio le permite a un hogar empleador conocer con mayor previsibilidad el costo mensual del servicio, ya que parte de lo que se abonaba como suma no remunerativa queda incorporado al básico, con impacto en los aportes, contribuciones y futuros cálculos indemnizatorios. Para la trabajadora, en tanto, la modificación implica que una porción de la compensación deja de tener carácter excepcional y pasa a formar parte constitutiva del salario.

En resumen, lo que se modifica para un hogar promedio es el valor final de la liquidación: el incremento del 1,7% de octubre se suma a la absorción del 50% de la suma no remunerativa, de modo que la remuneración básica de octubre resulta superior a la de septiembre, aun cuando el porcentaje de aumento parezca moderado. Las próximas actualizaciones, del 1,6%, se aplicarán en noviembre y diciembre, completando el esquema previsto por la Comisión hasta el cierre del año.

CW

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